Desde el 1 de enero entra en vigor la nueva tarifa plana para autónomos

Desde que se aprobó la ley de reformas urgentes del trabajo autónomo el pasado verano, diferentes medidas han ido entrando en vigor mientras avanzaban los últimos meses de 2017. Una de las reformas más esperadas, la extensión de la tarifa plana reducida para nuevos autónomos, está en vigor desde el 1 de enero y en Ibc Asesoría queremos que conozcas todos los detalles.

Esta ley tan esperada modifica el Artículo 31 de la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo y permite a aquellos que se den de alta por primera vez o lo hayan hecho hace al menos 2 años pueden disfrutar de la tarifa. Para ello es necesario también estar al corriente de las obligaciones sociales y de seguridad social. En todo momento la ley habla de nuevos autónomos y no se aplica a autónomos ya dados de alta.

¿Cuánto se paga con la tarifa plana realmente?

  • Durante los primeros 12 meses son 50 euros de tarifa por la base mínima. En caso de optar por una base superior se realizará una reducción equivalente al 80%.
  • Durante los siguientes 6 meses la reducción es del 50% por lo que la cuota se quedarán en 137,05 €.
  • Durante los 6 meses siguientes pasa a ser del 30% por lo que la cuota se queda en 191,87 €.

Si eres hombre menor de 30 años o mujer menor de 35.

En este caso contarás con una prórroga de otros 12 meses con una reducción del 30%. Por tanto, podrás disfrutar de la tarifa un máximo de 36 meses (3 años).

Si eres socio de una sociedad limitada…

Lamentamos comunicarte que la ley no recoge que sea expresamente aplicable a los administradores o socios de una Sociedad Mercantil Capitalista. Por lo que seguramente lo seguirán denegando como ha estado sucediendo hasta ahora.

 

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