El contrato de formación está creado para la contratación de estudiantes de FP y certificados de profesionalidad que aún no han finalizado sus estudios. Este tipo de contratos facilita a los estudiantes una primera experiencia laboral.
Este tipo de contratos tiene numerosas bonificaciones para la empresa, por esta razón, es importante conocer muy bien todas sus características, saber qué requisitos debes de cumplir como empresa y qué beneficios puedes obtener.
Características del contrato de formación
El contrato de formación tiene unas características muy particulares que debes conocer. A la hora de formalizar un contrato de este tipo, es necesario tener todas en cuenta para que todo el proceso se realice de forma correcta y legal.
-Para realizar este tipo de contratos, es imprescindible que sean jóvenes desempleados mayores de 16 años o menores de 25.
-La duración será mínimo de un año y prorrogable hasta un máximo de tres años. Existen casos en los que , si el convenio lo permite, se puede hacer el contrato de formación con una duración de seis meses.
-El empleado tendrá un periodo de prueba de dos meses. Si el Convenio Colectivo aplicable especifica otra cosa, nos regiremos por ello.
-El contrato puede extinguirse en cualquier momento. No será necesario devolver las bonificaciones recibidas hasta el momento de la extinción.
-La jornada del contrato de formación será completa. Durante el primer año se destinará n 75% del tiempo al trabajo efectivo y un 25% a formación teórica. A partir del segundo año, el 85% del tiempo será para trabajar y el 15% restante para formación.
-El trabajador no puede realizar su actividad laboral con un horario rotativo, en turnos o en horario nocturno.
-El salario debe de adaptarse al que marque el Convenio Colectivo. Además, no puede ser inferior al salario mínimo interporfesional.
-El contrato de formación debe de estar relacionado con el puesto de trabajo a desempeñar.
Como empresa, debes de cumplir una serie de requisitos
Tu empresa también debe de cumplir una serie de requisitos para poder realizar un contrato de formación.
-El contrato debe de realizarse por escrito y debe constar en él la siguiente información: el contrato y el acuerdo para la actividad formativa. En un plazo de 10 días, la empresa tiene que comunicar la formalización y finalización de los contratos, aportando todos los anexos y acuerdo para la actividad formativa al SEPE.
-La empresa no debe de tener ningún tipo de deuda con la Seguridad Social o con Hacienda. Tampoco debe haber sido sancionada. Si ha ocurrido alguno de estos casos, no será posible realizar el contrato de formación.
-En todo momento, la empresa debe de comprometerse a cumplir el horario de trabajo y horario de formación del trabajador (se ha mencionado en el punto anterior) Al ser un contrato de formación, el nuevo empleado contratado tiene derecho a sus horas de formación dentro de la empresa.
-La empresa está obligada a asignar al alumno/empleado un tutor de empresa que se encargará principalmente de hacer un seguimiento de la actividad laboral para después, poder realizar un informe sobre su trabajo.
-La compañía debe de proporcionar al trabajador todos aquellos medios que sean necesarios para poder desempeñar correctamente la actividad formativa.
Beneficios para tu empresa
Al realizar un contrato de formación, la empresa también tendrá una serie de beneficios/incentivos. Los más destacables son:
-Tendrá bonificaciones en las cuotas empresariales (25% en el primer año y 15% en el segundo y tercer año)
-Como hemos mencionado anteriormente, la empresa tendrá que asignar al alumno un tutor de empresa. Pues bien, podrá recibir una bonificación para cubrir todos los costes de tutorización (cuantía máxima de 1,50€ por alumno y hora durante un máximo de 40 horas al mes por alumno)
-También se reducirán las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y al 75% para empresas de más de 250 trabajadores.
-Si tras el contrato de formación, se realiza al trabajador un contrato indefinido durante tres años, la empresa recibirá 1500€ si es hombre y 1800€ si es mujer.
¿No sabes cómo poner en marcha un contrato de formación?
Sabemos que no es sencillo llevar a cabo todo el proceso de contratación de empleados. En este tipo de contratos, además, tienes que asegurarte que tu empresa cuenta con todos los requisitos para que no puedan sancionarte o puedas perder todas las bonificaciones.
En IBC Asesoría, te recomendamos planificar este tipo de contratos con suficiente antelación o contar con un experto en asesoría laboral que pueda llevar a cabo y gestionar todo el procedimiento. Infórmate muy bien antes de realizar este tipo de contratos y nunca te olvides de valorar todas las opciones que existen en materia laboral.