El Impuesto sobre el Valor Añadido se aplica de forma indirecta en toda España. Con el IVA se gravan las actividades comerciales, así como los intercambios de bienes de forma comercial. Este impuesto lo asume el propio consumidor, el cual efectúa su ejecución en el momento de la compraventa.
¿Por qué es un impuesto indirecto?
El IVA se añade a los productos o servicios, no tiene una relación directa con la renta de los consumidores. Es decir, el IVA de un bien o un servicio solo se paga en el caso de adquirirlo.
Poniendo un ejemplo; si tenemos dos consumidores con diferentes rentas que compran un mismo producto, ambos pagarán el mismo IVA; que será el pertinente para ese producto concreto. No tendrán que pagar en proporción a sus ingresos.
Tipos de IVA
En España tenemos tres tipos de IVA: El general, el reducido y el superreducido. Cada uno se aplica con relación al bien o servicio concreto sobre el que recae. De la misma forma, existen productos exentos de IVA, puesto que no responde a una razón lógica aplicarlo.
IVA general del 21%
Es el más conocido en España. Se aplica por defecto a cualquier producto o servicio con que se comercialice en nuestro país.
IVA reducido del 10%
Este tipo afecta a la gran mayoría de los alimentos; los servicios de hostelería; el transporte de viajeros y la venta de inmuebles. Los bienes de primera necesidad quedan fuera de este tipo.
Los productos a los que se aplica el IVA reducido son:
- Productos de alimentación destinados al consumo humano o animal. Las bebidas alcohólicas quedan fuera: a estas se les aplica el 21%.
- Aparatos destinados a suplir deficiencias físicas, como son las gafas u ortodoncias.
- Productos, equipos, instrumental y materiales sanitarios destinados para el tratamiento, la prevención o el diagnóstico de enfermedades. Aquí se incluyen los pertinentes para el área veterinaria y los fármacos que no requieren prescripción médica.
- Agua, tanto de consumo como para regadío.
- Bienes o servicios relacionados con actividades forestales, ganaderas o agrícolas.
Los servicios que reciben el 10% de IVA son:
- La venta, las reformas o las reparaciones de bienes inmuebles.
- Actividades de asistencia sanitaria y dental.
- Actividades de hostelería y restauración, así como todos los suministros de comida y bebida.
- Arrendamientos con opción a compra de bienes inmuebles.
- Transporte de viajeros y sus equipajes.
IVA superreducido del 4%
Aquí se engloban todos los bienes considerados de primera necesidad.
- Productos nutricionales básicos: pan, harina, leche, huevos, queso, frutas, verduras, hortalizas, cereales, tubérculos y legumbres.
- Medicamentos destinados al uso humano, así como sustancias medicinales y todos los productos intermedios utilizados para su obtención.
- Viviendas de Protección Oficial (VPO) entregadas por el promotor inmobiliario.
- Alquiler con opción de compra sobre las VPO.
- Vehículos a motor destinados al uso de personas con movilidad reducida.
- Prótesis e implantes internos para personas con algún grado de minusvalía.
- Servicios de ayuda a domicilio, resistencia, atención residencial y centros de día.
- Prensa y los libros con contenido no exclusivamente promocional o publicitario.
Además, existen productos exentos de IVA y de IVA no sujeto a los que dedicaremos un artículo aparte.
Es posible que estés iniciando algún tipo de negocio y aún no sepas qué porcentaje aplicar a tus productos. Este puede ser el caso, por ejemplo, de quien autopublica un libro con miras a obtener beneficios económicos.
No obstante, nuestra recomendación es contar siempre con la asesoría de profesionales para caminar sobre seguro en todo momento.
Si crees que necesitas una ayuda para empezar a desenvolverte en el ámbito comercial, no dudes en contactar con nosotros; recibirás una asesoría de calidad desde el momento cero.