Cuando llega el momento de hacer la declaración de la Renta, la vida en pareja supone un cambio a la hora de rendir cuentas a Hacienda, y llegado el momento deberás elegir si realizar una única Declaración de la Renta conjunta para los dos o hacer una individual cada uno de los cónyuges. ¿Tienes dudas sobre realizar la declaración individual o conjunta? Nosotros te las solucionamos.
En primer lugar te tranquilizamos, realizar la declaración de esta manera no es vinculante, y en años siguientes podrás cambiar la forma de realizar tu declaración.
¿Quién la puede realizar?
- Se debe formar parte de una unidad familiar, es decir, matrimonios no separados, matrimonios con hijos menores que vivan con ellos o mayores con discapacidad judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
- Si existe separación legal pero hay hijos que conviven y reúnen los requisitos del punto anterior.
- NO PUEDEN las parejas de hecho, y si tienen hijos solo uno de ellos podrá optar con tributar con sus descendientes.
- En caso de que la declaración sea conjunta, en caso de incurrir en una deuda podrá exigirse a cualquiera de los miembros, y las ganancias de la misma forma, les pertenecerán a amabos.
¿En qué casos es mejor realizar la declaración con junta?
- Aquellos matrimonios en los que uno de los cónyuges tiene ingresos inferiores a 3.400 euros.
- La familias monoparentales en las que los hijos no tienen rentas.
¿A qué se debe que sea solo en estos casos?
En la mayoría de los casos si los dos cónyuges trabajan, la reducción de la base imponible por tributación conjunta asciende a 3.400 euros, sin embargo el mínimo personal para una declaración individual es de 5.550 euros. De esta forma con esta segunda opción habrá una mayor reducción de la base imponible.
¿Cómo influyen los hijos?
Realmente no hay diferencias en este sentido. En la conjunta se imputa el 100% de la reducción a la unidad familiar que hace una única declaración, en caso contrario, si se hace individual cada uno imputará un 50% de la reducción.
¿Y cómo influyen las hipotecas?
En este caso, sin ninguna duda la declaración individual compensa mucho más que la conjunta. La declaración de la renta tiene como base máxima de la deducción por una hipoteca 9.040 euros por declaración. De esta forma, una declaración conjunta podría deducirse 9.040 euros, en cambio una declaración conjunta se deduciría un total de 18.080 euros.