En estos últimos días del año el Gobierno ha aprobado el Real Decreto Ley de Mejora de la contratación estable y la empleabilidad de los trabajadores. Esta modificación consiste, entre otros cambios, en la prohibición de realizar horas extraordinarias en contratos a tiempo parcial.
Pero tras este cambio se introducen nuevos conceptos como la posibilidad de ampliar la jornada en este tipo de contratos mediante las horas complementarias, pactadas y voluntarias. Estas horas podrán utilizarse tanto en contratos temporales como indefinidos. Eso sí el máximo de horas complementarias pactadas serán el 30 por ciento de la jornada y el plazo de previaviso baja de siete a tres días.
En este Decreto se equipara la cotización empresarial por desempleo de los contratos temporales temporales a tiempo parcial con los contratos temporales a jornada completa. A partir de esta aprobación esa cotización será del 6,70 %.
Por último en esta modificación se amplía la reducción de jornada por cuidado de hijos menores de edad de los ocho a los doce años. Con esta medida el gobierno pretende facilita la conciliación de la vida laboral y familiar además de dar la posibilidad de celebrar contratos para complementar aquellos que se realicen a tiempo parcial.