Con la Ley de emprendedores nos situamos en un panorama con nuevos métodos para constituir una sociedad. Una de las más sencillas y asequibles son los medios telemáticos Estas son las formas posibles en la actualidad para constituir una sociedad:
-Constitución en papel y con presentación física en el registro: Se le aplican las reglas ordinarias en cuanto a calificación, inscripción y plazos de despacho.
-Constitución en papel y con presentación telemática desde la notaría. Igualmente se aplican las reglas ordinarias. Estas dos formas serán las que obligatoriamente deban utilizarse para constituir una sociedad anónima o comanditaria por acciones. También pueden ser utilizadas para la constitución de sociedades limitadas.
-Constitución telemática de sociedades limitadas con estatutos tipo, actuando la notaría como PAE (punto de atención al emprendedor) y gestionándola a través del CIRCE (Centro de Información y red de creación de empresas). ¿Cómo se lleva a cabo?
El plazo es de 12 horas para el otorgamiento de la escritura desde el inicio de la tramitación.
Contamos con 6 horas para la calificación e inscripción.
Los estatutos serán estandarizados. En cuanto a los fundadores y el capital no existen limitaciones. Tampoco en el órgano de administración mientras esté regulado por la Ley de Sociedades de Capital.
-Otras forma de constitución telepática en el caso de las SL es directamente a través de CIRCE y con cita notarial en su agenda electrónica.
Para más información y gestión de este proceso pueden ponerse en contacto con Ibc Asesoría.