¿Qué gastos se pueden deducir del Impuesto de Sociedades?

El Impuesto de Sociedades es uno de los impuestos a los que se ven sometidas las empresas que muchas veces más cuesta comprender debido a su grado de complejidad. Este Impuesto de Sociedades es un tributo que grava las rentas obtenidas por personas jurídicas (es decir, sociedades), que tienen su sede fiscal en nuestro país, tanto si son Sociedades Limitadas, Limitadas Unipersonales, Anónima o Civil.

De la misma forma que sucede con otro tipo de impuestos, existen una serie de gastos que te permitirán reducir la base imponible de tu Impuesto de Sociedades. Estos gastos tienen un serie de requisitos para poder ser deducidos:

  • Tienen que estar contabilizados en la cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Debes poder justificarlos mediante un ticket, una factura, nóminas, etc…
  • Tienen que imputarse en el periodo impositivo en el que se devenguen, es decir, una nómina del año 2018, deberán deducirse a la hora de liquidar el Impuesto de Sociedades de 2018.
  • Para que se deduzcan tienen que llevar relación con un ingreso, es decir, que estén motivados por el objetivo de tratar de obtener un beneficio. Es decir, la compra de material con el objetivo de sacar un beneficio a través del producto acabado, el contrato de un trabajador con el objetivo de prestar un servicio a un cliente, etc…

Además existen una serie de gastos que la ley claramente indica que NO PUEDEN DEDUCIRSE del Impuesto de Sociedades:

  • Dividendos a los socios por participar en la Sociedad.
  • Gastos derivados del propio Impuesto de Sociedades.
  • Multas y sanciones a la empresa.
  • Pérdidas en el juego.
  • Gastos por servicios de entidades en paraísos fiscales.
  • Dotaciones a provisiones para dar cobertura a contingencias relacionadas con Planes y Fondos de Pensiones.
  • Donativos y liberalidades con la excepción de los de relaciones públicas con clientes y proveedores, los que se realicen con el personal de la empresa (cenas de Navidad, cestas,…), realizados para promocionar ventas de bienes, y los que estén relacionados con los ingresos (al igual que veíamos en los requisitos).

¿Tienes dudas con el Impuesto de Sociedades? En IBC Asesoría somos expertos en ayudarte a ti y a tu negocio.

 

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