Las empresas ya no están obligadas a llevar un registro de la jornada

Si hace unos meses os hablábamos en nuestro blog  sobre la obligatoriedad de llevar a cabo un registro de la jornada y de cómo se estaban endureciendo las inspecciones a empresas, este mes de abril la situación cambia tras una sentencia del Tribunal Supremo que establece que las empresas no estarán obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada. Solo se hará un registro de las horas extras realizadas, tras la interpretación que han realizado del artículo 35.5 del Estatuto de Trabajadores.

35.5. A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.

Dos sentencias de la Audiencia Nacional en 2015 y 2016 habían hecho que se extendiese la obligación de esta jornada, comenzando a sancionar a las empresas que no tuviesen un registro de control diario de la jornada.

Tal y cómo te comentábamos en nuestro anterior artículo:

Posibles sanciones si no hay registro de las horas extras.

 INCLUMPIMIENTO: No existe un registro ni hay declaración de horas extra SANCIÓN: acta de infracción grave y se impondrá una multa que irá desde 626 a 6250 euros, además se requerirá el registro.

– INCLUMPIMIENTO: Horas extras no declaradas, cuantificadas pero no pagadas, o si se demuestra el abono fuera de nómina SANCIÓN: acta de infracción grave y se impondrá una multa que irá desde 626 a 6250 euros. En caso de considerarse infracción muy grave la multa puede ir desde los  6250 a los 187.515 euros.

Vía: Ibc Asesoría

El origen de la sentencia

La sentencia se produce tras el recurso de Bankia contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a la entidad a establecer el registro de la jornada diaria atendiendo a lo que pedían los sindicatos.

El Tribunal Supremo admite en la sentencia que «convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de llevar un registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la realización de horas extraordinarias».

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