¿Qué puedes desgravar en tu declaración de este año?

Llega la hora de realizar tu declaración de la renta y el objetivo normalmente es el mismo para todos: tratar de desgravarse la máxima cantidad posible. Para ello es fundamental que revises el borrador de irpf que posee Hacienda y tengas claro qué puedes y qué no puedes desgravar en tu declaración.

¿Qué debes revisar del borrador que posee Hacienda?

  • -Cualquier situación personal que haya cambiado recientemente puede que no esté actualizada (haber tenido un hijo en el último año, separaciones divorcios, transacciones de vivienda, etc…)
  • -Planes de pensiones y donativos incluidos en tus datos fiscales.
  • -Afiliación a partidos políticos y sindicatos.
  • -Las deducciones propias de tu comunidad.
  • -Datos personales.
  • -Salarios, porcentaje de deducciones,…

¿Qué puedes desgravar en tu declaración? Algunos factores que te permitirán desgravar

  • -Si tienes hijos o estás casado podrás desgravar por ello.
  • -En caso de que tus hijos trabajen y ganen entre 1800 y 8000 euros podrás ver si hacer la declaración de manera conjunta o individual.
  • -Los hijos menores de 3 años poseen mayor deducción.
  • -Si en el matrimonio uno de los cónyuges cobra mucho más que el otro saldrá mejor realizar la declaración juntos.
  • -Si tus abuelos, o tus nietos, dependen económicamente de ti, también podrás desgravarte.
  • -Según el grado de discapacidad podrás desgravarte hasta 7.750 euros
  • -Hasta los 180.000 euros la indemnización por despido estará exenta de tributar.
  • -Si vives de alquiler y tu contrato es anterior al 1 de enero de 2015 puedes deducirte hasta un 10,5% de las mensualidades abonadas durante el ejercicio.
  • -Si compraste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.
  • -Si hiciste reformas antes del 1 de enero de 2017 en tu vivienda habitual.
  • -Si ya no vives en la casa que compraste con tu ex cónyuge pero sigues pagando parte de la hipoteca podrás deducir parte de los pagos.
  • -Si posees un plan de pensiones podrás deducirte hasta 8.000 euros o hasta el 30% de los rendimientos del trabajo.
  • -Si tu cónyuge gana menos de 8.000 euros al año y ha realizado aportaciones a tu plan de pensiones te podrás desgravar hasta 2.500 euros más.
  • -Si la colegiación es obligatoria para tu profesión podrás deducirte hasta 500 euros.

Confía en profesionales

Estos son solo algunos de los factores que te permitirán desgravar una cantidad al año pero existen muchos más casos que podrían modificar tu declaración y debes tener en cuenta.

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